Validez legal de los acuerdos digitales en Espana

Actualizado en febrero de 2026 · Tiempo de lectura: 12 minutos

Por que importan los acuerdos digitales en 2026

En 2026, la realidad laboral en Espana es digital. Mas de 3,3 millones de autonomos y millones de pequenas empresas realizan acuerdos de servicio, presupuestos y encargos a diario. Sin embargo, la inmensa mayoria de estos acuerdos se formalizan a traves de mensajes de WhatsApp, llamadas de telefono o, en el mejor de los casos, correos electronicos sin ninguna estructura formal.

El problema no es que estos acuerdos no existan. El problema es que, cuando surge un conflicto, demostrar lo que se acordo se convierte en una tarea extremadamente dificil. Un mensaje de texto se puede borrar. Una llamada no deja constancia del contenido. Un email puede ser impugnado.

Los acuerdos digitales con evidencia verificable resuelven este problema. Y la buena noticia es que la legislacion europea y espanola lleva anos reconociendo su validez legal. Solo hay que entender el marco normativo para saber que tipo de firma o evidencia necesitas en cada situacion.

El Reglamento eIDAS (UE 910/2014)

El Reglamento (UE) 910/2014, conocido como eIDAS (electronic IDentification, Authentication and trust Services), es la norma europea que regula las firmas electronicas, los sellos electronicos, los servicios de confianza y la identificacion electronica en todos los estados miembros de la Union Europea.

Este reglamento, que entro en vigor el 1 de julio de 2016, es directamente aplicable en Espana sin necesidad de transposicion. Es decir, tiene fuerza de ley desde el primer dia.

El eIDAS establece tres niveles de firma electronica, cada uno con distintas garantias y distinto valor probatorio:

  1. Firma electronica simple (Articulo 3.10): datos electronicos asociados a otros datos electronicos utilizados por el firmante para firmar.
  2. Firma electronica avanzada (Articulo 3.11 y Articulo 26): firma vinculada al firmante de manera unica, capaz de identificarle, creada bajo su control exclusivo y vinculada a los datos firmados.
  3. Firma electronica cualificada (Articulo 3.12): firma avanzada creada mediante un dispositivo cualificado de creacion de firmas y basada en un certificado cualificado de firma electronica.

Un principio fundamental del eIDAS es el de no discriminacion: ninguna firma electronica puede ser rechazada como prueba en un procedimiento judicial unicamente porque sea electronica o porque no sea cualificada (Articulo 25.1). Este principio es clave para entender la validez de los acuerdos digitales.

Firma electronica simple

La firma electronica simple es el nivel mas basico de firma electronica. Segun el Articulo 3.10 del Reglamento eIDAS, se define como:

"Datos en formato electronico anejos a otros datos electronicos o asociados de manera logica con ellos que utiliza el firmante para firmar."

En la practica, esto incluye acciones tan cotidianas como:

  • Marcar una casilla de aceptacion en una pagina web
  • Aceptar unas condiciones pulsando un boton
  • Responder "acepto" a un correo electronico
  • Confirmar un acuerdo mediante un enlace recibido por SMS
  • Escribir tu nombre en un campo de firma digital

La clave legal de la firma electronica simple esta en el Articulo 25.1 del Reglamento eIDAS:

"No se denegaran efectos juridicos ni admisibilidad como prueba en procedimientos judiciales a una firma electronica por el mero hecho de ser una firma electronica o de no cumplir los requisitos de la firma electronica cualificada."

Esto significa que la firma electronica simple es legalmente valida y admisible como prueba. Un juez no puede rechazarla solo por ser "simple". Lo que si puede ocurrir es que, en caso de impugnacion, la carga de demostrar la autenticidad del documento recaiga sobre quien lo presenta.

Cuanta mas evidencia acompane a esa firma simple (marcas temporales, direccion IP, identificacion del dispositivo, hash criptografico), mas dificil sera impugnarla con exito.

Firma electronica avanzada

La firma electronica avanzada es un paso intermedio con requisitos tecnicos mas exigentes. Segun el Articulo 26 del Reglamento eIDAS, debe cumplir cuatro requisitos:

  1. Estar vinculada al firmante de manera unica.
  2. Permitir la identificacion del firmante.
  3. Haber sido creada utilizando datos de creacion de firma que el firmante puede utilizar, con un alto nivel de confianza, bajo su control exclusivo.
  4. Estar vinculada a los datos firmados de tal manera que cualquier modificacion posterior de los mismos sea detectable.

Ejemplos habituales de firma electronica avanzada incluyen:

  • Firmas en aplicaciones bancarias que utilizan biometria o PIN exclusivo del usuario
  • Sistemas de firma basados en certificados digitales no cualificados
  • Plataformas de firma digital que verifican la identidad del firmante mediante multiples factores

La firma avanzada se utiliza habitualmente en contextos donde se necesita un mayor nivel de seguridad que la firma simple, pero donde la firma cualificada resulta desproporcionada. Es comun en contratos laborales, operaciones bancarias y acuerdos mercantiles de cierta entidad.

La principal ventaja de la firma avanzada frente a la simple es que, en caso de disputa, ofrece mayores garantias de autenticidad e integridad, lo que puede facilitar la carga de la prueba en un procedimiento judicial.

Firma electronica cualificada

La firma electronica cualificada es el nivel mas alto de firma electronica bajo el Reglamento eIDAS. Es la unica que tiene equivalencia legal con la firma manuscrita (Articulo 25.2):

"Una firma electronica cualificada tendra un efecto juridico equivalente al de una firma manuscrita."

Para ser cualificada, una firma debe cumplir dos requisitos adicionales sobre la firma avanzada:

  • Estar basada en un certificado cualificado de firma electronica, emitido por un prestador cualificado de servicios de confianza.
  • Haber sido creada mediante un dispositivo cualificado de creacion de firmas electronicas (QSCD).

En Espana, los prestadores cualificados de servicios de confianza estan inscritos en la Lista de Confianza (TSL) que publica el Ministerio para la Transformacion Digital y de la Funcion Publica. Algunos de los mas conocidos son:

  • FNMT (Fabrica Nacional de Moneda y Timbre) - emite el certificado digital de persona fisica
  • Camerfirma
  • ViDSigner
  • Firmaprofesional
  • ANF Autoridad de Certificacion

El ejemplo mas conocido de firma cualificada en Espana es el DNI electronico (DNIe) y el sistema Cl@ve para la relacion con la Administracion Publica.

La firma cualificada es necesaria en situaciones como:

  • Escrituras publicas y actos notariales
  • Poderes notariales
  • Relaciones con la Administracion Publica (cuando se exige certificado digital)
  • Ciertos contratos donde la ley exige forma escrita solemne

Dato importante: La firma cualificada invierte la carga de la prueba. Mientras que con la firma simple eres tu quien debe demostrar la autenticidad, con la firma cualificada es quien la impugna quien debe demostrar que es falsa. Esta es la principal diferencia practica entre los niveles.

Que dice la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC)

El Reglamento eIDAS establece el marco europeo, pero la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) es la norma procesal espanola que regula como se valoran las pruebas electronicas en un juicio.

El articulo clave es el Articulo 326 de la LEC, que regula la fuerza probatoria de los documentos electronicos:

Articulo 326.1 - Documentos no impugnados

Si la parte contraria no impugna el documento electronico, este hara prueba plena. Es decir, el juez lo aceptara como autentico. En la practica, la mayoria de acuerdos entre autonomos y profesionales nunca llegan a ser impugnados formalmente.

Articulo 326.2 - Documentos con firma cualificada

Los documentos firmados con firma electronica cualificada se presumen autenticos. Si la parte contraria los impugna, la carga de demostrar que son falsos recae sobre ella.

Articulo 326.3 - Documentos con firma simple o avanzada

Cuando un documento con firma electronica no cualificada (simple o avanzada) es impugnado, la carga de demostrar su autenticidad recae sobre quien lo presento. Aqui es donde cobra importancia la evidencia que acompana al documento: marcas temporales, direcciones IP, datos del dispositivo y hash criptografico.

En la practica, esto significa que un acuerdo digital con firma simple es perfectamente valido y admisible. La unica diferencia es que, si la otra parte dice "yo no firme eso", necesitas aportar evidencia que demuestre que si lo hizo. Cuanto mas robusta sea esa evidencia, mas facil sera para ti.

Cuando es suficiente una firma electronica simple

La firma electronica cualificada es la mas robusta, pero tambien la mas costosa y compleja de implementar. La realidad es que para la gran mayoria de acuerdos del dia a dia, la firma electronica simple es mas que suficiente.

Veamos casos concretos donde la firma simple es adecuada:

Autonomos y freelancers

  • Aceptacion de presupuestos
  • Acuerdos de servicio entre profesional y cliente
  • Confirmacion de condiciones de trabajo
  • Autorizaciones de publicacion (fotografos, disenadores)

Pequenos negocios

  • Acuerdos con proveedores
  • Confirmacion de pedidos
  • Condiciones de reserva
  • Acuerdos de colaboracion

Particulares

  • Acuerdos de compraventa de segunda mano
  • Prestamos entre particulares
  • Acuerdos de convivencia
  • Condiciones de alquiler de objetos o vehiculos

En todos estos casos, la probabilidad de que un acuerdo sea formalmente impugnado en un juzgado es baja. Y aun en ese caso, si el acuerdo va acompanado de evidencia digital solida, la posicion del profesional sera significativamente mas fuerte que con un simple mensaje de WhatsApp o un acuerdo verbal.

En Espana, el principio de libertad de forma (Articulo 1278 del Codigo Civil) permite que los contratos sean validos cualquiera que sea su forma, salvo que la ley exija una forma especifica. Esto significa que un acuerdo aceptado mediante un enlace SMS tiene la misma validez contractual que uno firmado en papel, siempre que ambas partes lo hayan consentido libremente.

Que evidencia refuerza un acuerdo digital

No basta con que alguien pulse "acepto". Para que un acuerdo digital tenga el mayor valor probatorio posible, conviene que lleve asociada la maxima cantidad de evidencia verificable. Estos son los elementos clave:

Marca temporal (timestamp)

Registrar la fecha y hora exacta en la que se creo, envio y acepto el acuerdo. Idealmente con precision de segundos y en formato UTC o con zona horaria explicita. Esto permite demostrar cuando se produjo cada accion.

Direccion IP

Registrar la direccion IP desde la que el destinatario acepto o rechazo el acuerdo. La direccion IP, combinada con la marca temporal, permite a las fuerzas de seguridad o a un perito informatico rastrear el origen de la conexion a traves del proveedor de acceso a Internet.

Datos del dispositivo (User-Agent)

El User-Agent del navegador identifica el tipo de dispositivo, el sistema operativo y el navegador utilizado. Por ejemplo: "Safari en iPhone 15 con iOS 18". Esto anade un nivel adicional de contexto que dificulta la negacion del acuerdo.

Hash criptografico SHA-256

Un hash SHA-256 es una huella digital unica del contenido del acuerdo. Cualquier modificacion, por minima que sea, produce un hash completamente diferente. Esto garantiza la integridad del documento: se puede demostrar que el contenido no ha sido alterado desde que se genero.

Identificacion de las partes

Registrar el telefono movil del destinatario (verificado mediante SMS), el correo electronico del remitente (verificado) y, si es posible, los nombres de ambas partes. Cuantos mas datos de identificacion, mas solida la evidencia.

OKNow genera exactamente esta evidencia. Cada acuerdo incluye marcas temporales, direcciones IP, datos del dispositivo y hash SHA-256, todo en un PDF verificable que reciben ambas partes.

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Conclusion

La firma electronica simple es legalmente valida y admisible como prueba en Espana y en toda la Union Europea. El Reglamento eIDAS (Articulo 25.1) prohibe expresamente que se rechace una firma solo por no ser cualificada, y la Ley de Enjuiciamiento Civil (Articulo 326) establece un marco claro para su valoracion en juicio.

La diferencia con la firma cualificada no esta en la validez, sino en la carga de la prueba. Con firma cualificada, la autenticidad se presume. Con firma simple, si la otra parte la impugna, tu debes demostrar que es autentica. Pero si tu acuerdo digital lleva asociada una cadena de evidencia solida (timestamps, IP, dispositivo, hash SHA-256), la impugnacion tendra muy poco recorrido.

Para el dia a dia de autonomos, profesionales y pequenas empresas, la firma electronica simple acompanada de evidencia digital robusta es la solucion mas practica, economica y proporcionada. Invertir en firma cualificada para cada presupuesto o acuerdo de servicio no tiene sentido ni economico ni practico.

Lo importante es dejar de depender de acuerdos verbales, mensajes y correos informales, y empezar a generar evidencia digital verificable de cada acuerdo profesional. Ese simple paso ya te coloca en una posicion infinitamente mejor que el 90% de los profesionales.

Si quieres saber mas sobre los tipos de firma electronica y cual necesitas, consulta nuestra guia sobre tipos de firma electronica en Espana. Y si eres autonomo, nuestra guia para protegerte de impagos te sera muy util.